sábado 29 de junio de 2024 - Edición Nº3019
Primer Argentino » ARGENTINA » 27 abr 2022

INDIGNACIÓN: En la factura de electricidad se cobrará "servicio de sepelio", son $454 millones anuales.

Los hogares fueguinos pagarán obligatoriamente en la factura de electricidad un "servicio solidario de sepelios". La cooperativa embolsará más de $454 millones anuales y todos los legisladores votaron a favor. Indignación de los usuarios.


A partir del próximo miércoles 18 de mayo comenzará a regir para todos los titulares de medidores del servicio eléctrico de la Provincia el pago compulsivo de un monto equivalente a 6 litros de Nafta Infinia, más de 600 pesos a valores actuales, para solventar el funcionamiento del "Servicio Solidario de Sepelio" que creó la Legislatura, por unanimidad, en la última sesión ordinaria del año pasado.

Considerando 60.000 medidores familiares estimados en Tierra del Fuego y un monto de $630 (actualizados a valores de abril) por cada usuario, se recaudarían más de 454 millones de pesos anuales. Considerando los costos quedaría una ganancia mínima de 330 millones para la cooperativa de Río Grande, que embolsará todo lo recaudado tanto en Ushuaia como Río Grande. ¿Cuál será el destino de tamaña suma de dinero y por qué irá a parar a una cooperativa privada?

La Cámara de Comercio de Ushuaia expresó su público repudio a esta ley ya que “atenta contra la comunidad toda, por medio del cobro obligatorio de un ítem a cada titular de energía eléctrica, en beneficio de un solo actor: la Cooperativa Eléctrica de Río Grande”.

Desde la Cámara también explicaron que la ley es inconstitucional por lo cual se iniciaron acciones legales contra el estado provincial, como así también una medida cautelar ante el Superior Tribunal de Justicia para que se suspenda su inmediata aplicación.

La carta de la Cámara de comercio indica también que:

-Se viola el principio de subsidiaridad, el cual establece que cuando los ciudadanos pueden desarrollar adecuadamente una actividad económica y cumplir con sus fines, a las autoridades estatales les está vedado involucrase en ellas. Sin embargo, por medio de esta Ley el Estado se entromete en cuestiones privadas a favor de otro actor.

-Se menciona en la Ley que el Servicio Solidario de Sepelio es público, pero no lo brinda el Estado sino una persona jurídica de derecho privado: la Cooperativa Eléctrica de Río Grande.

-Viola la libertad de decisión empresarial y de competencia, destrozando de esta forma la iniciativa privada.

-Crea un monopolio al decidir arbitrariamente que un solo actor va a ser el prestador y o administrador del servicio solidario de sepelio.

-No se hizo un llamado abierto de licitación pública que invite a los actores del rubro a participar, violando la ley.

-Al ciudadano se le quita el derecho de elegir libremente a la empresa que contrataría para que preste el servicio de sepelio.

-Crea un fondo solidario que solo se lo impone a algunos.

-Le otorga la administración, con posibilidad de generar lucro, a una persona jurídica de derecho privado.

-Sobrestimación de costos en relación a la cantidad de servicios de sepelios anuales y en consecuencia se generaría un seguro remanente de libre disponibilidad para la gran beneficiaria de esta Ley, la Cooperativa Eléctrica de Río Grande.


«Es por todo lo anteriormente expuesto que esta norma se vuelve inexplicable, inentendible, injustificable y por sobre todo inconstitucional. En tal sentido, la Cámara tiene el deber de hacerlo público para seguir velando por los intereses del sector y de la sociedad cada vez que se los intente cercenar», cierra el comunicado.

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