martes 23 de abril de 2024 - Edición Nº2952
Primer Argentino » TIERRA DEL FUEGO » 14 mar 2019

$302 millones: En plena crisis Melella aumenta la cantidad de Concejales.

El decreto firmado por el intendente aumenta la cantidad de Concejales, cuando hace sólo un año había dicho que le parecía "una locura". El presupuesto del Concejo es de 302 millones de pesos, lo cual alcanzaría para asfaltar casi 600 cuadras.


“Hay que trabajar en la reforma de la Carta Orgánica, estamos bien representados; tener 9 concejales es demasiado”. Con esas palabras textuales, el intendente de la ciudad de Río Grande se comprometía a modificar las normas vigentes y evitar que la ciudad incremente su número de concejales.

Sin embargo, apenas un año después el mandatario riograndense llamó a elecciones y confirmó que a partir de este año los vecinos de la ciudad elegirán a 9 y no a 7 representantes como ocurre en la actualidad.

Nadie sabe a ciencia cierta lo que costará ampliar el Concejo Deliberante. Es que si bien el cuerpo deliberativo seguirá utilizando el mismo porcentaje del total del Presupuesto Municipal, es sabido que se deberá modificar el edificio legislativo o, por lo menos, abrir dos nuevas oficinas para los ediles que serán electos este año. El prespuesto actual es de aproximadamente 300 millones de pesos, lo cual alcanzaría para asfaltar gran parte de la ciudad.

Qué dice la Carta Orgánica que Melella prometió modificar

Artículo 75.-

El Concejo Deliberante se compone de siete miembros, elegidos mediante el procedimiento establecido en esta Carta Orgánica. Este número se aumenta en dos por cada veinte mil electores que superen el número de cincuenta mil y hasta un máximo de once concejales.

A tales fines, deben tomarse los resultados que surjan del padrón electoral a utilizar en la elección.

Artículo 82.-

Los Concejales perciben por su tarea, en carácter de remuneración y por todo concepto, un único importe abonado en proporción directa a la asistencia a las sesiones y a las reuniones de comisión. Se fija por el voto de los dos tercios de los miembros del Cuerpo y no puede superar lo que percibe el Intendente. Sólo se aumenta cuando se produzcan incrementos de carácter general para la administración pública.

La totalidad de los gastos del Concejo Deliberante, del Tribunal Administrativo Municipal de Faltas y del Tribunal de Cuentas incluidas las dietas y remuneraciones de sus integrantes no puede superar el ocho por ciento del presupuesto del Municipio.

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