viernes 26 de abril de 2024 - Edición Nº2955
Primer Argentino » ARGENTINA » 23 sep 2022

El Ejecutivo promulgo los aumentos salariales para funcionarios, pero NO la Ley de Oncopediatria Infantil

La primavera arranco con una promulgación masiva de leyes por parte del Poder Ejecutivo, 18 leyes las cuales fueran sancionadas por la Legislatura en la 3ª sesión ordinaria del año, realizada el pasado jueves 8 de septiembre, de las cuales 12 ya tienen vigencia entre ellas los aumento salariales a los funcionarios de Entes Autárquicos, en tanto que las otras 6 deberán aguardar a ser reglamentadas para que adquieran eficacia entre ella la Ley de Oncopediatría.


La primavera arranco con una promulgación masiva de leyes por parte del Poder Ejecutivo, 18 leyes las cuales fueran sancionadas por la Legislatura en la 3ª sesión ordinaria del año, realizada el pasado jueves 8 de septiembre, de las cuales 12 ya tienen vigencia entre ellas los aumento salariales a los funcionarios de Entes Autarquicos, en tanto que las otras 6 deberán aguardar a ser reglamentadas para que adquieran eficacia entre ella la Ley de Oncopediatria. 

 Entre las nuevas normativas que fueron publicadas en el Boletín Oficial y que ya son operativas figuran la que modificó la ley de Ministerios para crear el cargo de Viceministro de Coordinación de Gabinete del Ministerio de Jefatura de Gabinete, en el que será designado Jorge Canals, actual secretario de Medios de la Provincia, y elevar a Secretaría de Estado, con igual rango y jerarquía que los Ministerios, a la Secretaría de Hidrocarburos y a la Secretaría de Enlace con las Fuerzas de Seguridad. 

También la que equiparó a las máximas autoridades de los entes descentralizados y autárquicos en rango y remuneración a los Ministros, como ya se había dispuesto a fines de 2019 para los presidentes de la Dirección de Puertos y del InFueTur. 

La medida que alcanza a los titulares del Instituto Provincial de Vivienda y Hábitat, del de Regulación de Apuestas, de las Direcciones Provinciales de Energía, Obras y Servicios Sanitarios, Vialidad, Agencia de Recaudación Fueguina, Caja de Jubilaciones y Obras Social implica recomposición del 15% en sus remuneraciones, las que pasarán de unos 470 mil pesos al mes a unos 553.200 pesos, y también una mejora remunerativa para los vicepresidentes de esos organismos que pasarán a cobrar el 85% de la remuneración de los Presidentes. 

Otra de las normas que tiene plena operatividad es la que declaró por 1 año la emergencia en Infraestructura Educativa en los establecimientos de gestión estatal, en todas sus modalidades y niveles, y creó el Programa de Fortalecimiento en Infraestructura Educativa, y en cuyo marco autorizó al Gobierno a disponer de hasta 7 mil millones de pesos a tal efecto. 

Las pendientes de reglamentación: Entre las leyes ya promulgadas y publicadas pero que todavía deben ser reglamentadas por el Gobierno, se encuentra la que adhirió a la provincia a la ley nacional de Régimen de Protección Integral del Niño, Niña y Adolescentes con Cáncer y creó el programa provincial de “protección integral a pacientes oncológicos infanto-juveniles”, que tiene como objetivos garantizar la equidad en el acceso al tratamiento integral al paciente oncológico de hasta 18 años cumplidos al momento del diagnóstico y hasta la finalización del tratamiento indicado y mejorar la calidad de vida de los pacientes y su entorno familiar. 

Para ello, y en consonancia con lo que determina la ley nacional respecto de obras sociales sindicales y prepagas, establece que la Obra Social del Estado Fueguino debe garantizar al 100% las prestaciones indicadas por los profesionales tratantes y prohíbe el cobro de coseguros, recargos o copagos. Esta ley cuenta con un plazo de reglamentación de 60 días hábiles, al igual que la que regula el ejercicio profesional de Técnicos Superiores y Operadores de la Psicología Social. 

Dentro de los próximos 90 días hábiles el Ejecutivo deberá reglamentar la ley que creó el Colegio Provincial de Profesionales en Instrumentación Quirúrgica y la que creó la Red Provincial ACV que tiene por finalidad garantizar el acceso de la población a la prevención, diagnóstico y tratamiento del accidente cerebrovascular. 

En tanto que en un plazo de 180 días hábiles deberá estar reglamentada la que regula el ejercicio profesional de los Técnicos en Emergencias de Salud en todas las modalidades, ámbitos y niveles de la dependencias de salud de la Provincia. 

NEWSLETTER

Suscríbase a nuestro boletín de noticias